Todo lo que debes saber sobre el contrato en prácticas

Artículo publicado en la web de INFOEMPLEO. Autora: Ester Yerro

 

El contrato en prácticas tiene un objetivo muy concreto: si no tienes experiencia facilita que te incorpores al mundo laboral y te ganes la vida con lo que has estudiado. Podrán hacértelo solo si tienes un certificado de profesionalidad, si has hecho un FP de grado medio o superior, o si cuentas con una titulación universitaria.

 

Los detalles importantes

Conviene que conozcas la diferencia entre prácticas no laborales y un contrato en prácticas: las primeras se refieren a las prácticas que obligatorias cuando terminas tus estudios y su finalidad es la de completar los conocimientos que has adquirido. Un contrato un prácticas, sin embargo, es un contrato laboral.

Estos son algunos aspectos que te recomendamos que tengas en cuenta:

  • No pueden haber pasado más de 5 años desde que completaste tus estudios (7 si posees alguna discapacidad) o bien tienes que ser menor de 30 años.
  • Fíjate bien en lo que dice el contrato: debe especificarse tu titulación, lo que dura el contrato y el puesto que vas a desempeñar.
  • En cuanto a la duración del contrato, observa que no sea inferior a 6 meses, ni que pase de dos años. Si no llega a dos años, te pueden proponer hasta dos prórrogas más.
  • Según tu nivel profesional, el periodo de prueba irá desde un mes para los niveles 1 y 2 hasta dos meses para el nivel 3 y superior.
  • Este contrato se tiene en cuenta a la hora de computar la antigüedad en la empresa.
  • No te pueden pagar menos del 60% del sueldo que se fije por convenio colectivo durante el primer año; durante el segundo, ese porcentaje debe subir al 75%. En cualquier caso, nunca será inferior al salario mínimo interprofesional.
  • Si no has sido contratado a jornada completa, debes cobrar en relación con las horas que trabajas.

Incentivos para los empresarios

Si el contrato cumple con todas las condiciones, la empresa que contrata puede llegar a bonificarse desde el 50% de la cuota que paga a la Seguridad Social por ese trabajador hasta incluso el 100% de la cuota. Estos son los supuestos:

  • 50%: si el contratado es menor de 30 años (o menor de 35 si tiene una discapacidad a partir del 33%).
  • 75%: si el trabajador estaba en la empresa de prácticas no laborales y se pasa a formalizar con este trabajador un contrato en prácticas.
  • 100%: si, además de cumplir una de las condiciones anteriores, se suma que la persona contratada pertenece al Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Atención a la formalización del contrato; si no se hace por escrito, se entenderá que se ha establecido por tiempo indefinido y a jornada completa. Hay que ser cuidadoso con este tipo de detalles, cualquier contrato fraudulento se entenderá como un contrato fijo.

Estas son las características y condiciones del contrato en prácticas, pero este no es el único tipo de contrato que se orienta a facilitar la entrada en el mercado laboral, también está el contrato de formación, ¿quieres saber en qué se diferencian?